Soy propietario de un local. La comunidad va a realizar obras en el portal y la escalera ¿ tengo que contribuir en los gastos de dicha obra?

En opinión de este despacho, tendríamos que diferenciar en función al tipo de obra. Sino se trata de unos gastos suntuarios sino que son necesarios para la adecuada conservación del inmueble si estaría obligado a abonar la parte correspondiente en función a su participación. Si las obras son necesarias porque el inmueble lo requiere y así se acredita no cabe aducir limitación alguna al pago que le corresponda al local por aplicación de la LPH.

Al margen de ello, habría que acudir al titulo constitutivo de la Comunidad o sus Estatutos ( que no pueden ir en contra de la LPH), para verificar que pudieran estar o no exentos de dichos gastos.

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